Hace unos días atrás en noticias y redes sociales, se pudo saber sobre un fraude realizado por una gran cantidad de empresas, delito tributario denominado “Facturas Falsas”, en esta ocasión quisimos explicar y orientar a nuestros clientes sobre este caso, con el fin de estar precavidos y atentos ante cualquier posible error.
El concepto de “Factura Falsa” es uno que el Servicio de Impuestos Internos (SII) posee hace muchos años, aunque funcionaba de forma diferente, antiguamente las facturas eran foliadas en imprentas y autorizadas por el SII, lo cual consideraba como “falsas” a cualquier documento que no posea dichas características, pero con la llegada de la factura electrónica, dicha calificación quedó descontinuada ya que el documento original perdió relevancia, al poder ser impreso en muchas ocasiones, entrando el concepto de maliciosamente falsa según el contenido del documento.
¿Qué herramientas posee y cómo puede el SII detectar una factura falsa?
Una de las ventajas que le entrega al SII la factura electrónica en cuanto a fiscalización, es la rapidez con la que puede obtener el documento, la inmediatez de sus fiscalizaciones remotas y los cruces internos que puede realizar mediante su sistema informático. Dichos cruces internos, pueden arrojar varios datos que son de utilidad para sus fiscalizaciones remotas, analizando a tu proveedor, en cuanto a la antigüedad de la empresa, situaciones pendientes de resolver (graves), pago de impuestos en estado pendientes, identificando y marcándolo como un proveedor riesgoso, lo que puede llevar a que sus facturas emitidas, pudieran ser calificadas como “Facturas Falsas”
¿Entonces debo revisar a mis proveedores? ¿Qué hago para evitar cualquier problema?
Que un contribuyente sea marcado como “proveedor riesgoso” no implica que todas sus facturas sean calificadas como fraudulentas o falsas, incluso es posible que dicho proveedor tenga problemas sólo en un mes, por ejemplo sin pagar ese impuesto, marcando dichas facturas como posibles fraudes, algo que el sistema puede definir mediante sus algoritmos internos, considerando múltiples factores.
Hay que agregar que existe además un principio de “buena fe”, el cual se refiere a que se asume por parte del ente fiscalizador que, todo contribuyente realiza sus operaciones de manera correcta y sin malas intenciones, de igual forma para evitar cualquier problema con el SII, hemos definido las siguientes recomendaciones:
- Pagos de facturas con transferencia y/o cheque, identificando en dicha operación con el número de factura o facturas.
- Contrato de servicios, compra ventas u ordenes de compras, para facturas de altos valores.
- Respaldos de los servicios o adquisiciones, tales como email, cotizaciones, fotografías, etc.

RESUMIENDO PODEMOS INDICAR LO SIGUIENTE:
- Facturas Falsas no se refiere al documento en sí, se refiere a la operación, siendo esta una operación irreal o ficticia.
- Si el proveedor no ha cancelado el impuesto (IVA) de esa operación, serán cuestionados los créditos fiscales del cliente, es decir te rechazarán la factura en cuanto a su IVA y gasto, es la herramienta principal de detección que posee el SII.
- El hecho de acreditar el pago de la factura, con cheque o transferencia te desliga automáticamente del problema, ya que la operación queda acreditada por tu parte.
- Además de acreditar el pago puedes utilizar otros medios de prueba, aceptados en una fiscalización, tales como contratos notariales, fotografías y cualquier otra que acredite la operación misma.
- El SII debe asumir el Principio de Buena Fé y revisar la operación, permitiéndote todos los medios de pruebas posibles.
- Antigüedad de la empresa y posibles fiscalizaciones pendientes son parte del algoritmo que usa el SII para “marcar” como proveedor peligroso a un RUT.
- El SII fiscaliza las operaciones con énfasis en las de mayor valor, como las que fueron detectadas y anunciadas en noticias y RRSS.
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