RECURSOS HUMANOS

FINIQUITO LABORAL ELECTRÓNICO

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El Finiquito Laboral Electrónico permite a las partes dejar constancia del término del contrato de trabajo, de las obligaciones derivadas del mismo, del detalle de los pagos que corresponda efectuar con motivo de dicho término y de otros pactos relacionados con el mismo hecho.

El trámite se encuentra disponible en el Portal MI DT, donde la Dirección del Trabajo, en su calidad de ministro de fe certificará, además de la identidad y el acuerdo entre las partes, que el pago se haya realizado mediante la plataforma de la Tesorería General de la República.

Pero, ¿Existen diferencias entre el Finiquito Laboral Electrónico y el Finiquito ratificado de manera presencial?

El Finiquito Laboral Electrónico, en términos generales, produce el mismo efecto jurídico que el finiquito ratificado de manera presencial; esto es, dejar constancia del término de la relación laboral. Su particularidad radica en que no permite el pago en cuotas y su pago se realiza mediante la Tesorería General de la República.

Requisitos que se deben cumplir para utilizar el Finiquito Laboral Electrónico

  • El empleador debe tener habilitado el o los Representantes Laborales Electrónicos en el Portal Mi DT.
  • El trabajador haya sido contratado a partir del 01/01/2011.
  • El empleador debe estar al día en el pago de las cotizaciones previsionales del trabajador respecto del cual se otorga el finiquito. Cabe señalar, que en la plataforma de Finiquito Laboral Electrónico solo se pueden procesar finiquitos de aquellos ex trabajadores que aparezcan en sistema Previred, con pago íntegro de todas las cotizaciones previsionales de los meses anteriores al despido.

Alcances Generales

  • Si la propuesta de finiquito es por alguna de las causales del Artículo 161 del Código del Trabajo, esto es «necesidades de la empresa» o «desahucio escrito del empleador», y corresponde el pago de indemnizaciones por años de servicio y/o aviso previo, y usted ha sido notificado por el Tribunal Competente de una resolución que ordene la retención de las remuneraciones e indemnizaciones por pensión de alimentos, NO podrá realizar el finiquito electrónico, sino que deberá concurrir a ratificar el finiquito de manera presencial.
  • El trámite de Finiquito Laboral Electrónico debe ser iniciado por el ex empleador (si es persona jurídica debe hacerlo a través de su Representante Laboral Electrónico) quien, ingresando a su sesión del Portal MiDT, elabora y otorga una propuesta de finiquito al trabajador.
  •  Para ingresar una propuesta de un trabajador migrante, este debe contar con cédula de identidad chilena vigente.

Plazos vigentes

El finiquito debe ser otorgado y puesto su pago a disposición del trabajador dentro de 10 días hábiles contados desde la separación del trabajador (contados de lunes a sábado)

Recibida la propuesta de Finiquito Laboral Electrónico enviada por el empleador, el trabajador tiene 10 días hábiles (lunes a sábado) para aceptar, con o sin reserva de derechos, o bien rechazarla completamente. Transcurrido este plazo, la propuesta quedará sin efecto.

Una vez aceptada por el trabajador la propuesta de Finiquito Laboral Electrónico, con o sin reserva de derechos, el empleador dispone de 5 días hábiles (lunes a sábado) para realizar el pago.

Una vez realizado el pago por el empleador en el portal de Tesorería General de la República, ésta cuenta con un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes) para gestionar el pago al trabajador. Si la cuenta de abono del trabajador rechaza el pago de la Tesorería y el finiquito es inferior a 3 millones de pesos, se emitirá un depósito a nombre del trabajador para retirar por caja en Banco Estado. En tanto si se trata de un rechazo de un finiquito igual o sobre 3 millones de pesos, se remitirá un cheque nominativo al domicilio tributario del trabajador.

Proceso de gestión Finiquito Laboral Electrónico

1.- Para ingresar al Portal Mi DT, se debe acceder a la página de la Dirección del Trabajo Dt.gob.cl y seleccionar la opción Mi DT:

2.- Una vez que hayas ingresado al Portal Mi DT, debes seleccionar el botón «iniciar sesión» y el sistema te validará mediante Clave Única:

3.- Luego de autenticar, podrás ingresar a la sesión dentro del Portal Mi DT y elegir el perfil empleador:

4.- El ingreso de una propuesta de Finiquito Laboral Electrónico sólo podrá originarse el trámite a través del Perfil Empleador, donde se puede seleccionar una de las siguientes opciones:

  • Empleador Individual.
  • Empleador Persona Jurídica.

5.- Al seleccionar “Empleador Persona Jurídica”, si no estás registrado para representar a ninguna empresa en el Portal MiDT, se desplegará el mensaje informando: “Usted no es Representante Laboral Electrónico de ninguna empresa”. El empleador debe designar a sus Representantes Laborales Electrónicos con la clave otorgada por el SII.

6.- Una vez que hayas iniciado sesión como empleador en el Portal Mi DT, en la sección “Contratos de Trabajo y Despido”, deberás ingresar al trámite “Finiquito Laboral Electrónico”:

7.-Para registrar una nueva propuesta de Finiquito Laboral Electrónico, debes seleccionar el botón “Ingreso finiquito”:

8.- El sistema desplegará los Términos y Condiciones del trámite. Para ingresar una propuesta el Representante Laboral Electrónico debes aceptar pulsando en el botón correspondiente:

9.- El sistema desplegará el formulario de ingreso de propuesta de finiquito, la cual se compone de 3 etapas:

Identificación de las partes:

  • Individualización del Empleador
  • Identificación del Trabajador (Datos del trabajador y detalles del contrato)

Montos:

  • Se detallan los montos adeudados ya sea por haberes de la liquidación o por indemnizaciones, también se detallan los descuentos legales.

Propuesta del Finiquito

  • Para la propuesta del finiquito el empleador debe informar el banco, Tipo de cuenta y N° de cuenta que esté a nombre del trabajador.

Una vez ingresada la información, seleccionar el botón guardar, el cual habilitará el botón ver propuesta.

Al seleccionar el botón ver propuesta, el sistema desplegará la propuesta del finiquito en donde se visualizará toda la información ingresada:

El Representante Laboral Electrónico deberá seleccionar el “checkbox” para autorizar a la institución PREVIRED para compartir los datos de cotizaciones previsionales de sus trabajadores, con el fin de que revisen el pago íntegro de las cotizaciones previsionales.

Finalmente, debe seleccionar el botón firmar y enviar para finalizar el proceso de ingreso de propuesta.

En el caso de una propuesta de finiquito, con causal de término de contrato diferente a las contempladas en los numerales 1 y 2 del artículo 159 del Código del Trabajo, el sistema realiza consulta a PREVIRED para verificar el pago de las cotizaciones previsionales en el tiempo que se mantuvo la relación laboral vigente. El sistema quedará en estado “Pendiente de revisión cotizaciones previsionales”.

Una vez realizada la consulta y si no existe deuda, el sistema cambiará de estado a “Pendiente de aceptación del trabajador” y la propuesta podrá ser revisada por el trabajador en su perfil Mi DT.

En el caso que exista deuda total o parcial de cotizaciones previsionales en sistema electrónico de PREVIRED, el sistema cambiará al estado de “Rechazo propuesta por periodo(s) sin informar”. Para este caso el finiquito no podrá llegar a término de manera exitosa y se entregará el comprobante de rechazo por periodos(s) sin informar.

Al finalizar el ingreso de la propuesta, el sistema genera el documento de propuesta, la cual queda disponible en el perfil de Mi DT del Representante Laboral Electrónico y en el perfil del trabajador.

Si el trabajador rechaza la propuesta de finiquito, el sistema cambiará de estado a “Propuesta rechazada por el trabajador” y terminará el proceso enviando correos electrónicos a cada usuario.

Ambos usuarios dispondrán del comprobante de rechazo en su perfil del Portal Mi DT, tener presente que luego de rechazada la propuesta por parte del trabajador, usted como empleador estará obligado por ley a poner a disposición el finiquito laboral de forma presencial, ya sea en Notarías o Inspecciones del Trabajo.

10.- Una vez aceptado el finiquito laboral electrónico por parte del trabajador y este tiene pago asociado, el sistema cambiará al estado de “Pendiente de transferencia del empleador”

11.- En el perfil del empleador, también se cambiará el estado y además si incluirá el botón para realizar el pago del finiquito:

12.- Para      realizar     el      pago      de     finiquito,      el     Representante      Laboral     Electrónico  debe      seleccionar Disponible para pago.

Finalmente, para realizar el pago, se debe seleccionar el botón pagar finiquito, el cual dirigirá a la página de la Tesorería General de la República, en donde usted como empleador deberá realizar el pago.

Como empleador tendrá 5 días hábiles, contados de lunes a sábado, desde la aceptación de la propuesta por el trabajador, para realizar el pago del finiquito; en el caso que no realice el pago, el sistema terminará el proceso cambiando de estado a “Transferencia no realizada por empleador y se genera finiquito con observaciones”.

Ante el no pago por parte del empleador en el plazo establecido, podrán descargar el acta desde sus perfiles en portal Mi DT, desde ambos perfiles.

En el caso de ser abonado el pago por parte de TGR, el sistema Mi DT genera el documento PDF del Finiquito Laboral, dejándolo disponible para el empleador y el trabajador en sus respectivos perfiles. El sistema cambia de estado a “Depósito realizado en cuenta del trabajador” y envía notificaciones por correo.

13.- En el caso que el Banco no haya podido realizar el depósito, el sistema cambiará de estado a “Depósito rechazado en la cuenta del Trabajador” indicando la acción que debe seguir el trabajador para obtener su dinero, estos casos pueden ser:

  • Se genera orden de pago en caja Banco Estado: este caso se dará cuando el monto del finiquito es menor a 3 millones de pesos y el banco ha rechazado el depósito bancario.
  • Se remite por cheque a domicilio tributario: este caso se dará cuando el monto del finiquito es igual o superior a 3 millones de pesos y el banco ha rechazado el depósito bancario.

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