¿Es Mejor Emitir Boletas de Honorarios o Crear una Empresa de Asesorías? Es una pregunta que nos hemos planteado muchas veces, incluso como fundador de Asesorías AMP me lo plantee en su momento ¿Qué me convendrá más? ¿Qué necesito para eso? ¿Cómo será mejor para mis clientes? Muchas preguntas vienen a la mente cuando te planteas independizar y ofrecer tus servicios de manera independiente, para lo cual siempre que no poseas socios, tienes dos opciones (Con socios tienes una tercera, de la cual hablaremos en otro blog) iniciar actividades como segunda categoría emitiendo Boletas de Honorarios o constituir tu empresa (SpA o EIRL) para prestar servicios a través de ella, para ayudar a tomar esta decisión analizaremos ambas opciones a continuación, entregando sus características principales.

Opción 1: Segunda Categoría con Boleta de Honorarios
- No es una empresa, no lleva contabilidad y no está obligado a declarar mensual o anualmente, si no hay movimientos.
- Para emitir tus Boletas de Honorarios sólo requieres tus accesos al SII.
- El inicio de actividades es expedito y no requiere grandes elementos para justificar, con las excepciones de los giros que pudieran exigir ser utilizados sólo por personas con Título Profesional.
- Posee beneficio de gastos presuntos de un 30% de tus ingresos con el tope de 15 UTA (11,5 millones aprox).
- El emisor se encuentra obligado cancelar cotizaciones previsionales según lo indica la Ley de Honorarios, con la excepciones indicadas en la misma Ley (Más Información aquí)
- Tus ingresos se entienden percibidos con la emisión de cada boleta, quedando afecto a impuestos en el período correspondiente.
- No aplica para sociedades, con la excepciones de sociedad de profesionales. (Algo de lo que hablaremos en nuestros siguientes blogs).
Ejemplo declaración de Renta con ingresos por Honorarios:
Ingresos anuales: 30.000.000.- (Valor Bruto)
Gasto Presunto: -9.000.000.- (30% de los ingresos brutos)
Base impuesto Global Complementario: 21.000.000
Impuesto Global calculado: 1.268.910.-
Cotizaciones Previsionales: 2.968.632.- (Modalidad Parcial)
Retenciones disponibles: -4.125.000.-
Resultado operación Renta: 112.542.- (A pagar)
Conclusiones de la declaración:
Con los datos presentados anteriormente, la retención que corresponde a un 13,75% no es suficiente para el pago de impuestos y de cotizaciones previsionales aún utilizando la opción parcial, por lo que para no pagar tendría que cancelar mensualmente PPM voluntarios para tener una posible devolución o al menos no pagar.

Opción 2: Empresa de Asesorías (Afecta a IVA)
- Debe llevar contabilidad, completa o simplificada, según lo que exija la ley en base a su Régimen Tributario escogido (Más información en nuestro blog de Regímenes Tributarios)
- Para emitir documentos tributarios debes contar con un certificado digital, acreditar tu domicilio y cumplir con la exigencias de una Verificación de Actividades, con la excepción de las Boletas de Ventas y Servicios.
- La tributación de sus ingresos y los gastos se rigen por tu sistema tributario.
- Además de iniciar actividades con tu propio RUT, te puedes constituir como sociedad (Limitada, SpA o EIRL)
- Posees obligaciones de declaración y pago de impuestos, las cuales debes realizar con o sin movimientos
Ejemplo declaración de Renta con ingresos por Empresa:
Ingresos anuales: 30.000.000.- (Valor Neto)
Gastos efectivos: -9.000.000.- (Monto igualado al gasto presunto de un 30%, el cual puede variar)
Renta Líquida Imponible: 21.000.000
Utilidad retirada por socio/accionista: 21.000.000.- (Retira todas las utilidades)
Opción 1: Régimen 14 D8
Impuesto Primera Categoría: 0.- (Empresa no paga impuestos)
Impuesto Global calculado: 1.268.910.-
PPM pagado por la empresa: 900.000.- (Tasa 3%)
Resultado Operación Renta Persona Natural: 368.910.- (A pagar)
Opción 2: Régimen 14 D3
Impuesto Primera Categoría: 5.250.000.- (Empresa cancela 25% de la Utilidad Calculada)
Impuesto Global calculado: 1.268.910.-
Impuesto pagado por la empresa: 5.250.000.- (Funciona como Crédito para el socio/accionista)
Resultado operación Renta: 3.981.090.- (Devolución Solicitada)
Opción 3: Régimen 14 A Semi Integrado
Impuesto Primera Categoría: 5.670.000.- (Empresa cancela 27% de la Utilidad Calculada)
Impuesto Global calculado: 1.268.910.-
Restitución Adicional: 1.984.500.-
Impuesto pagado por la empresa: 5.670.000.- (Funciona como Crédito para el socio/accionista)
Resultado operación Renta: 2.416.590.- (Devolución Solicitada)
Conclusiones de la declaración:
La tributación como empresa es mucho más complicada, va a depender mucho de tu sistema tributario el hecho si pagas más o menos impuestos o incluso la forma en que los canceles, si bien el socio/accionista siempre quedará afecto a Impuesto Global Complementario, con la empresa no es así, otro punto diferenciador es que dichos ingresos no son afectos a pago obligatorio de cotizaciones previsionales y que no existe la retención, tenemos el PPM (Pagos Provisionales Mensuales) en su reemplazo, que nos sirven como ahorro para el pago de impuestos a la renta.

Entonces ¿Cuál es la mejor opción? Como en muchas otras preguntas, referentes a impuestos, empresas o finanzas, no hay una respuesta correcta y única, por lo tanto te entregamos a continuación cuatro puntos que debes evaluar para tomar una correcta decisión:
- Regularidad y obligaciones: una de las principales diferencias entre la empresa de asesoría y la emisión de Boletas de Honorarios son sus obligaciones, si no te dedicaras al 100% o no tendrás un movimiento regular en tu empresa, quizás no sea el momento para formalizar y asumir estas nuevas obligaciones, ya que estas pueden tener costos asociados que debas asumir con o sin movimientos, registrarte como emisor de Boletas de Honorarios te permite libertad y te libera de diversas obligaciones tributarias.
- Costos del servicio: toda asesoría no tiene sólo ingresos, si bien suelen ser montos menores al no procesar un producto, hay gastos tales como internet, desplazamiento, equipos o cualquier otro relacionado, que se deben considerar como gastos del servicio, la norma general de Boletas de Honorarios indica el beneficio de un «gasto presunto» que tiene su estimación y tope, si tu servicio conlleva gastos mayores es más probable que sea más conveniente una empresa.
- Características tributarias de tus clientes: aquí es importante considerar de qué forma tributan tus clientes o quienes serán tus potenciales clientes, para explicarlo mejor vamos con un ejemplo, Asesorías AMP es una firma que presta sus servicios a empresas en su mayoría afectas a IVA, por lo tanto el IVA recargado en nuestros documentos no es un mayor costo para ellos por el hecho de ser un impuesto recuperable, en cambio si emitieramos boletas de honorarios la retención, si sería parte del costo de los servicios, ya que en honorarios el costo del servicio corresponde al valor bruto del mismo, por lo que es más probable que ser afecto a IVA pueda ser más atractivo, con un precio más accesible o competitivo, al menos para nuestros clientes que son empresas.
- Flujos de operación: si bien en ambos casos podemos determinar nuestro cobro, de la manera que estimemos pertinente, debemos considerar que en el caso de las Boletas tenemos una obligación de retención o incluso un PPM de segunda categoría por el mismo valor, algo que analizando sólo en materia de flujos mensuales es perjudicado con la modalidad de empresa, que debe pagar un PPM que por regla general no debería ser superior al 3% es decir más de 4 veces inferior a la retención o al PPM de Segunda categoría, entregando más flujos a la persona/empresa de manera mensual.
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